En 2015, el Ministerio de Trabajo de la Nación instituyó el 3 de abril de cada año como el Día del Personal de Casas Particulares, en conmemoración por la fecha en que fue definitivamente promulgada la Ley de Trabajo en Casas Particulares, en 2013.
De esta manera, dicho día es no laborable para las empleadas de este sector, por lo que deben gozar del descanso dispuesto por ley.
Según indica el Ministerio de Trabajo, este día es considerado no laborable, es decir, sin pérdida de la remuneración. “En caso de que el personal prestare tareas en dicho día festivo, su remuneración se incrementa con un recargo equivalente al 100% del salario diario”.
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