viernes, 15 de marzo de 2019

15 de Marzo – Día Mundial de los Derechos del Consumidor!





Corría el año 1962 cuando el entonces presidente John Kennedy expresaba en el Congreso de los Estados Unidos: “Ser consumidor, por definición nos incluye a todos (…) Somos el grupo económico más grande en el mercado, que afecta y es afectado por casi todas las decisiones económicas públicas y privadas… pero es el único grupo importante cuyos puntos de vista a menudo no son escuchados”.

Aquellas palabras se convirtieron en el punto de partida de una problemática que se mantiene vigente por la cantidad de personas e intereses que afecta, y a las que es necesario educar, informar y dotar de herramientas jurídicas que eviten los desequilibrios económicos y los engaños publicitarios.
Estos objetivos fueron los que motivaron en 1985 a la Asamblea General de las Naciones Unidas a establecer esta fecha con el propósito de contribuir a reafirmar los derechos de los consumidores.

En la Argentina, estos derechos comenzaron a ser amparados en el año 1993 a partir de la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor. Un año después se reformó el Artículo 42 de la Constitución Nacional sobre derechos de los consumidores, que junto a las posteriores sanciones de la Ley 22.802 de Lealtad Comercial, la Ley 19.511 de Metrología Legal y la Ley 25.065 de Tarjetas de Crédito protegen los derechos de los usuarios argentinos.

A partir de estas normativas se imponen condiciones para la oferta y la venta de ciertos productos y servicios, estableciendo los requisitos de garantías y marcos regulatorios que promuevan la eficaz defensa de los derechos a la protección de la salud y de los intereses económicos de los consumidores, a la información completa y veraz, a la libertad de elección, a condiciones de trato equitativo y digno y a la educación para el consumo.

En este aspecto, el Estado debe defender la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, controlar los monopolios, asegurar la calidad y eficiencia de los servicios públicos nacionales estableciendo marcos regulatorios y procedimentales para la prevención y solución de conflictos que deben incluir la participación de asociaciones de consumidores y usuarios en los organismos de control.

Asimismo, promueve la formación de asociaciones, nacidas en todo el mundo para defender, informar y educar a los consumidores en los procesos de intercambio de bienes y servicios, obligando a las oficinas de Defensa de la Competencia de todo el país a defender a los consumidores de manera gratuita.
En el ámbito nacional el organismo regulador es la Subsecretaría de Defensa al Consumidor cuya finalidad es “garantizar que se respeten los derechos de todas y todos a un trato digno y equitativo sin abusos, derecho a cubrir las necesidades de la mesa de los argentinos, a ser escuchados y a que se cumplan las condiciones y garantías de los productos que compramos”. Hoy más que nunca estas consignas deben recordarse para ser aplicadas en cada uno de nuestros consumos cotidianos.

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